CUSTODIA ANIMAL
El caso
Una pareja con dos perros decide separarse tras ocho años de convivencia. Ambos animales han vivido siempre juntos: uno fue adoptado por ella antes de la relación y el otro llegó más tarde como decisión compartida. Ninguno de los dos quiere romper el vínculo con los perros y, sobre todo, no quieren separarlos entre sí.
Marco legal
Desde la reforma del Código Civil de 2022 (Ley 17/2021), los animales de compañía han dejado de ser considerados cosas para reconocerse como seres sintientes. Esto significa que en una ruptura el juez ya no reparte mascotas como si fueran muebles, sino que decide su destino atendiendo al bienestar del animal y a la implicación real de cada miembro de la pareja en sus cuidados.
Cómo lo resolvimos
- Convenio extrajudicial que mantiene a los dos perros juntos.
- Régimen de convivencia alterna semanal en cada domicilio.
- Reparto proporcional de gastos veterinarios ordinarios y extraordinarios.
- Protocolo de decisiones médicas en caso de urgencia, evitando bloqueos.
- Cláusulas de revisión si cambian las circunstancias laborales o de domicilio.
Resultado
Acuerdo firmado en menos de un mes, sin necesidad de acudir a juicio, con un coste muy inferior al de un procedimiento contencioso y, lo más importante, preservando el bienestar de los animales y la relación civilizada entre las dos partes.
Los animales no se reparten: se cuida que sigan estando bien atendidos, y eso se puede pactar sin tribunales.
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