Pareja de hecho con vivienda compartida

PAREJAS DE HECHO

El caso

Una pareja de hecho con varios años de convivencia y una vivienda comprada al 50% decide poner fin a su relación. Comparten dos hijos menores y dudas sobre cómo organizar el uso del piso, quién permanece en él, cómo repartir los gastos pendientes de hipoteca y cómo articular la custodia compartida sin necesidad de acudir a los tribunales.

Marco legal

Las parejas de hecho no se rigen por las mismas normas que los matrimonios. Cada comunidad autónoma tiene su propia regulación y, en defecto de pacto, se aplican principalmente las normas civiles generales y, en materia de hijos, el Código Civil. Por eso es fundamental redactar un acuerdo extrajudicial detallado que evite vacíos legales y futuras controversias.

Cómo lo resolvimos

  • Convenio regulador con atribución del uso temporal de la vivienda al progenitor que convive más tiempo con los menores.
  • Reparto proporcional de la cuota hipotecaria mientras se decide la venta o compra de la parte indivisa.
  • Custodia compartida con calendario semanal claro, vacaciones y festivos.
  • Pensión alimenticia ajustada a ingresos reales y cláusula de revisión anual.
  • Mediación notarial para extinguir el condominio sin pleito.

Resultado

Acuerdo cerrado y elevado a público ante notario, con custodia operativa desde el primer mes, sin necesidad de demanda civil ni intervención judicial. Coste muy inferior al de un procedimiento contencioso y total estabilidad para los menores.

Las parejas de hecho también pueden cerrar su separación con seguridad jurídica si se pacta por escrito y con asesoramiento adecuado.

¿Tienes un caso parecido?

Si estáis en pareja de hecho y queréis organizar la ruptura sin acudir a juicio, podemos ayudaros a redactar un acuerdo válido y ejecutable. La primera consulta es gratuita.