Custodia compartida sin juicio

CUSTODIA Y MENORES

El caso

Dos progenitores con dos hijos en edad escolar deciden separarse de mutuo acuerdo. Ambos quieren seguir muy presentes en el día a día de los menores y descartan desde el primer momento la vía contenciosa. Buscan un acuerdo de custodia compartida que sea operativo, justo y que se cierre en semanas, no en años.

Marco legal

El Código Civil español y la jurisprudencia del Tribunal Supremo consideran la custodia compartida como el régimen deseable siempre que sea compatible con el interés superior del menor. Cuando los progenitores se ponen de acuerdo, pueden formalizar un convenio regulador que el juez se limita a homologar tras la oportuna ratificación, evitando un procedimiento contencioso.

Cómo lo resolvimos

  • Reuniones conjuntas con ambos progenitores para detectar puntos de fricción.
  • Calendario de custodia semanal con reparto equilibrado de fines de semana, vacaciones y festivos.
  • Pensión alimenticia ajustada a ingresos reales, gastos ordinarios y extraordinarios.
  • Reglas claras sobre extraescolares, salud, educación y comunicación con la otra parte.
  • Cláusula de revisión automática ante cambios laborales o de domicilio.

Resultado

Convenio firmado, ratificado en el juzgado y homologado por sentencia en pocas semanas. Sin enfrentamientos, con una relación cordial entre los progenitores y, sobre todo, sin que los menores sufran un proceso largo.

Cuando hay acuerdo entre los padres, los hijos no tienen por qué pasar por un juicio.

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